- Consejo de Indias
- El Real y Supremo Consejo de Indias es el órgano mas importante de la administración indiana (América y las Filipinas), ya que se asesora al Rey en la función ejecutiva, legislativa y judicial.
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► HISTORIA Institución establecida en 1524 para las posesiones españolas de ultramar, con las mismas atribuciones que el Consejo de Castilla en el reino. Fue suprimido en el s. XIX.* * *
Organismo encargado del gobierno de las Indias, que era ejercido por el rey de España a través de autoridades creadas al efecto, tanto en la metrópoli como en el territorio americano.Las instituciones con radicación en la metrópoli fueron el Consejo de Indias y la Casa de Contratación. El Consejo de Indias tenía igual jerarquía que el Consejo de Castilla y estaba integrado por un presidente, cinco consejeros, un fiscal y un canciller. El Consejo tenía atribuciones legislativas, judiciales, políticas y administrativas, económicas y militares. Elaboraba las leyes relativas a América y revisaba las disposiciones legales dictadas por las autoridades residentes en Indias. Conocía de la apelación en los juicios por contrabando, cuya primera instancia correspondía a la Casa de Contratación; del recurso de segunda suplicación contra las sentencias definitivas dictadas en juicios civiles por las audiencias; de los juicios de residencia y de las contiendas de jurisdicción entre autoridades civiles y religiosas. Otorgaba el pase a las resoluciones de autoridades peninsulares con efecto en las Indias y a las bulas pontificias y autorizaba la impresión y envío de libros a América. El Consejo de Indias organizaba el comercio de Indias a través de la Casa de Contratación. La institución desapareció en 1812.
Enciclopedia Universal. 2012.